IUSera
Registro digital 2016268 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.185 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA, ES APTA PARA INTERRUMPIR EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LAS FACULTADES SANCIONADORAS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación del artículo 34, tercer párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos abrogada se colige que, además de que el plazo de prescripción de las facultades sancionadoras se interrumpe al iniciarse el procedimiento previsto por ese ordenamiento, los actos de la autoridad instructora, así como las promociones del servidor público, también actualizan esa institución procesal. Por tanto, si a quien se atribuye la infracción, durante la fase procedimental promueve el juicio de amparo contra los actos relativos, debe considerarse como una...

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