IUSera
Registro digital 2016246 · Tesis aislada · 10a. Época · XXX.3o.1 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO CIRCUITO.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. FORMA DE CALCULAR EL MONTO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PARA QUE SURTA EFECTOS LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO DIRECTO, CUANDO EXISTE CANTIDAD LÍQUIDA O ESTIMABLE EN DINERO.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con la jurisprudencia P./J. 71/2014 (10a.), del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "DAÑOS Y PERJUICIOS. FORMA DE FIJAR EL MONTO DE LA GARANTÍA POR ESOS CONCEPTOS AL CONCEDERSE LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAMA UNA CANTIDAD LÍQUIDA.", cuando el acto reclamado consista en una condena líquida o estimable en dinero -es decir, cuando existe una cuantía determinada o determinable-, la autoridad competente, al fijar el monto de la caución y solamente para garantizar los daños y perjuicios que puedan causarse con la concesión...

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