TÍTULOS DE CONCESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL ÁREA METROPOLITANA DE GUADALAJARA, JALISCO. ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PARA QUE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES SE ABSTENGAN DE ASIGNAR Y SUSCRIBIR LOS RELATIVOS A LAS RUTAS TRONCALES O COMPLEMENTARIAS, RESPECTO DE LAS CUALES LOS QUEJOSOS TENGAN CELEBRADOS CONTRATOS DE SUBROGACIÓN A SU NOMBRE.
Texto de la tesis
Conforme al punto primero de la Declaratoria de necesidad del sistema integrado de transporte público del área metropolitana de Guadalajara, Jalisco, publicada en el Periódico Oficial local el 5 de noviembre de 2016, se declaró como causa de utilidad pública e interés general la prestación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros en sus diversas modalidades, lo cual obedece a que la sociedad está interesada en que éste se preste en condiciones óptimas que dignifiquen a los usuarios y propicien el uso del transporte colectivo, en lugar del personal. Por tanto, es improcedente c...
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