NOTIFICACIÓN POR CÉDULA FIJADA EN LA PUERTA DEL DOMICILIO DONDE DEBA REALIZARSE. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE PRACTICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
Texto de la tesis
El artículo 63 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas establece que las notificaciones por medio de lista y de cédula se considerarán hechas al día siguiente del que éstas sean fijadas, mientras que las personales el mismo día de la diligencia respectiva. No obstante, cuando se busca al interesado en el domicilio donde deba realizarse la notificación, sin que se le encuentre en dos ocasiones y, en consecuencia, la diligencia se practica por medio de cédula que se fija en la puerta del propio domicilio (en términos del último párrafo del artículo 66 del ordenamiento menci...
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