IUSera
Registro digital 2016198 · Tesis aislada · 10a. Época · XIX.1o.A.C.25 C (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

NOTIFICACIÓN POR CÉDULA FIJADA EN LA PUERTA DEL DOMICILIO DONDE DEBA REALIZARSE. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE PRACTICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 63 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas establece que las notificaciones por medio de lista y de cédula se considerarán hechas al día siguiente del que éstas sean fijadas, mientras que las personales el mismo día de la diligencia respectiva. No obstante, cuando se busca al interesado en el domicilio donde deba realizarse la notificación, sin que se le encuentre en dos ocasiones y, en consecuencia, la diligencia se practica por medio de cédula que se fija en la puerta del propio domicilio (en términos del último párrafo del artículo 66 del ordenamiento menci...

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