MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DICTADAS POR EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO PARA CONTRARRESTAR ALGUNA VIOLACIÓN AL DOMINIO PÚBLICO DE UN BIEN O LA VARIACIÓN DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA MANTENER EL DERECHO DE PROPIEDAD RELATIVO. EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO.
Texto de la tesis
Conforme a los artículos 5o. a 7o. de la Ley que Divide los Bienes Pertenecientes al Estado en Bienes de Dominio Público y Bienes de Dominio Privado de Jalisco, el Ejecutivo local está facultado para dictar las medidas administrativas necesarias para contrarrestar alguna violación al dominio que el Estado ejerce sobre un bien o la variación de las condiciones necesarias para mantener el derecho de propiedad relativo. Por su parte, el artículo 129, fracción XIII, de la Ley de Amparo prevé que se considerará que se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden públ...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.