IUSera
Registro digital 2016117 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.309 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES. LA FINALIDAD DE LA CASA CUNA ES ALBERGAR A NIÑOS ABANDONADOS, MALTRATADOS, ABUSADOS O HUÉRFANOS, POR LO QUE NO SE JUSTIFICA LA RETENCIÓN DE UN INFANTE, MÁS ALLÁ DE LO ESTRICTAMENTE NECESARIO PARA PROCURARLE LOS CUIDADOS INDISPENSABLES HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN SOBRE LA PROCEDENCIA DE AQUÉLLA.

Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En los procedimientos de restitución internacional de menores, los juzgadores deben dictar medidas de protección del menor y garantizar su restitución en las mejores condiciones. Entre esas medidas se encuentra su envío, cuando el menor ha sido localizado, a alguna de las casas con las que cuenta el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con la finalidad de evitar una nueva sustracción y la obstaculización del procedimiento por los progenitores; pero su estancia no puede ir más allá de lo estrictamente necesario para procurarle los cuidados necesarios hasta que se dicte la...

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