CRÉDITO AL CONSUMO. EL ARTÍCULO 103 BIS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, QUE OBLIGA A LOS TRABAJADORES A OBTENER UN CRÉDITO CONFORME A LAS REGLAS DEL MERCADO Y NO BARATO, TRANSGREDE EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
Texto de la tesis
El numeral citado establece: "Artículo 103 Bis. El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, conforme a la ley que lo regula, establecerá las bases para: I. Otorgar crédito a los trabajadores, procurando las mejores condiciones de mercado; y II. Facilitar el acceso de los trabajadores a los servicios financieros que promuevan su ahorro y la consolidación de su patrimonio.". Como se aprecia, el legislador impuso al instituto la obligación de otorgar crédito a los trabajadores, procurando las mejores condiciones de mercado, lo que se traduce en la permisión de buscar un l...
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