IUSera
Registro digital 2016057 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. XIV/2018 (10a.) · Segunda Sala

COMPETENCIA ECONÓMICA. EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014, OTORGA A LOS DENUNCIANTES DE UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA RELATIVA, EL DERECHO A QUE LA INVESTIGACIÓN INICIADA CON MOTIVO DE SU QUEJA SE RESUELVA.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 30 del ordenamiento referido establece que la investigación de la entonces Comisión Federal de Competencia se iniciará de oficio o a petición de parte; y el diverso 32 prevé que tratándose de prácticas monopólicas relativas el denunciante deberá incluir los elementos que puedan configurar la conducta que se estime violatoria de la ley y, en su caso, los conceptos que demuestren que ha sufrido o que permiten presumir que puede sufrir un daño o perjuicio. Este último supuesto normativo implica que los denunciantes tienen derecho a que la investigación iniciada con motivo de su queja...

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