TRABAJADORES CON NOMBRAMIENTO DEFINITIVO AL SERVICIO DE LOS ORGANISMOS POLÍTICO ADMINISTRATIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. DEBEN COTIZAR ANTE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y NO ANTE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DE ESA ENTIDAD.
Texto de la tesis
Conforme a los artículos 3o. y 12 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, los empleados temporales, para obra determinada o por tiempo fijo, se encuentran incluidos en las listas de raya. Asimismo, el numeral 2 del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, establece que ese organismo tiene por objeto proporcionar a los trabajadores a lista de raya del gobierno de esa entidad federativa, a sus propios trabajadores, a los pensionados, jubilados y familiares derechohabientes, diversa...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.