ENTREVISTA CON UN MENOR EN UN PROCESO JURISDICCIONAL. PARA LLEVARLA A CABO EL JUEZ DEBE PONDERAR LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DEL CASO (INCLUSIVE SU SALUD), ATENTO AL INTERÉS SUPERIOR DEL INFANTE.
Texto de la tesis
El personal judicial receptor de la opinión de un menor de edad en un proceso jurisdiccional no sólo debe atender a su grado de madurez para ordenar que se lleve a cabo la entrevista, sino que deberá evaluar las circunstancias particulares del caso, incluyendo aquellas que limiten la participación del infante. Así, tratándose de litigios donde tenga que intervenir un menor con circunstancias particulares de salud, el Juez familiar debe advertir si requiere asesoría de un equipo multidisciplinario relacionado con sus padecimientos a efecto de conocer su situación real y las repercusiones que po...
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