PERSPECTIVA DE GÉNERO EN MATERIA LABORAL. LA FALTA DE PARTICIPACIÓN DE LA TRABAJADORA EN ACTIVIDADES IMPUESTAS POR EL PATRÓN COMO PARTE DE SU TRABAJO, QUE NO REVELAN UNA DESATENCIÓN AL DEBER DE OBRAR CON INTENSIDAD, CALIDAD Y ESMERO, NO PUEDEN DERIVAR EN UNA CONSECUENCIA DESFAVORABLE PARA AQUÉLLA.
Texto de la tesis
Desde la perspectiva de género, si la circunstancia de que la trabajadora haya decidido no participar y retirarse de ciertas actividades que no revelan una desatención al deber de obrar con intensidad, calidad y esmero, apropiados en el tiempo y lugar convenidos en el trabajo contratado, cuando se advierta que en tal decisión subyacen motivos de índole personal que, desde la perspectiva de género son objeto de tutela debido a que provienen del ámbito interno de una persona del género femenino que, conforme a sus particulares convicciones, gustos o temores, puede válidamente rechazar el partici...
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