IUSera
Registro digital 2015971 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.P.92 P (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN DICTADAS A FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO EN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN. EXCEPCIONALMENTE, Y ATENTO A CADA CASO CONCRETO, PUEDEN SER OBJETO DE SUSPENSIÓN CUANDO SE IMPUGNEN EN EL AMPARO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 62/2016, en sesión de 6 de julio de 2017, estableció que el artículo 128, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, en la porción normativa que dispone que la ejecución de una técnica de investigación o medida cautelar no será objeto de suspensión, constituye la regla general al analizar la suspensión de los actos que se impugnen en el amparo -acorde con los artículos 166 y 129 de la ley citada-, y que pueden existir excepciones a esa regla general, siendo al juzgador de amparo a quien le correspond...

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