IUSera
Registro digital 2015937 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.3o.A.52 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

REGISTRO ESTATAL VEHICULAR PREVISTO EN LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. EL AVISO A ESTE SOBRE LA ENAJENACIÓN DE UN AUTOMOTOR Y SU CAMBIO DE PROPIETARIO, CONSTITUYE UNA DOCUMENTAL IDÓNEA PARA QUE LA COMPRAVENTA SURTA EFECTOS ANTE TERCEROS (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015).

Fiscal y Hacendario Civil y Familiar Transporte y Comunicaciones
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Texto de la tesis

De los artículos 84, 86, 87, 88, 90 y 91 del ordenamiento citado, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2015 se advierte, entre otros aspectos, que el Registro Estatal Vehicular es la base de datos relativa a los vehículos y sus propietarios, tenedores o usuarios y, en su caso, los responsables solidarios, que se registren ante las autoridades fiscales del Estado de Puebla; así como la obligación de dar aviso sobre la enajenación del automotor y su cambio de propietario, teniendo para ello un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se actualice el supues...

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