DERECHO DE PETICIÓN. SI EL QUEJOSO RECLAMA LA VIOLACIÓN A ÉSTE POR PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACIÓN DE DIVERSA PERSONA, PARA TENER JUSTIFICADA LA PERSONALIDAD CON LA QUE COMPARECE Y PROVEER SOBRE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA EN RELACIÓN CON QUIEN DICE REPRESENTAR, BASTA QUE EN EL ESCRITO RESPECTIVO SE REFIERA A QUE EN ESOS TÉRMINOS SE HIZO LA SOLICITUD A LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
Texto de la tesis
Cuando en el juicio de amparo indirecto se reclama por propio derecho y en representación de diversa persona la violación al derecho humano de petición, previsto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para tener justificada la personalidad con la que comparece el quejoso y proveer sobre la admisión de la demanda en relación con quien dice representar, basta que en el escrito respectivo se refiera que en esos términos se hizo la petición a la autoridad responsable, ya que la legitimación para promover el juicio constitucional, en lo atinente al derecho h...
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