TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE BAJA CALIFORNIA. SI DEMANDARON SU BASIFICACIÓN DURANTE LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE BAJA CALIFORNIA, EN EL LAUDO RESPECTIVO DEBE APLICARSE ÉSTA Y NO LA LEY DEL SERVICIO CIVIL REFORMADA VIGENTE A PARTIR DEL 9 DE MAYO DE 2014, PUES DE LO CONTRARIO, SE VIOLA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
Texto de la tesis
Si un trabajador del Gobierno del Estado o de los Municipios de Baja California, demandó el otorgamiento de la base en el puesto que desempeña, la autoridad laboral debe aplicar la ley en vigor al momento de la presentación de la demanda, aun cuando durante la tramitación del procedimiento respectivo se hayan modificado los requisitos para otorgar la base pues, de lo contrario, se viola el principio de irretroactividad de la ley consagrado en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de ahí que si la demanda se presentó durante la vigencia de la Ley del Servic...
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