DATOS FINANCIEROS Y PERSONALES EN EL AMPARO CUYA MATERIA SE INTEGRA A PARTIR DEL DERECHO QUE HACE VALER EL QUEJOSO PARA QUE NO SE HAGAN PÚBLICOS. AL LLAMAR A JUICIO A LOS TERCEROS INTERESADOS, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE DARLES ACCESO ÚNICAMENTE A LO QUE CONSIDERE ESENCIAL PARA SU DEFENSA Y EVITAR DIFUNDIR LA INFORMACIÓN EN LITIGIO.
Texto de la tesis
En los juicios de amparo cuya materia se integra a partir del derecho que hace valer el quejoso para que sus datos financieros y personales no se hagan públicos, por ejemplo, su nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes o el monto por el cual se le condonaron diversos créditos fiscales, pues considera que las resoluciones que así lo ordenan son inconstitucionales, el Juez de Distrito tiene a su alcance diversas facultades para implementar los medios pertinentes a fin de salvaguardar esa información, por lo que todos los partícipes en la tramitación del amparo tienen la responsabili...
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