IUSera
Registro digital 2015842 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.III.L. J/24 L (10a.) · PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

AMPARO INDIRECTO. CASO DE EXCEPCIÓN A LA REGLA GENERAL DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO CONSTITUCIONAL CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE PROVEER RESPECTO DE LA ADMISIÓN DE UNA DEMANDA LABORAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 48/2016 (10a.), estableció que, por regla general, es notoriamente improcedente el juicio de amparo indirecto promovido por una de las partes en el juicio natural, contra la omisión de la autoridad jurisdiccional de acordar promociones o de proseguir en tiempo con el juicio, por tratarse de una violación intraprocesal que no afecta materialmente derechos sustantivos, al no constituir actos de imposible reparación en términos del artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo; y, en esa misma tesis, señaló...

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