IUSera
Registro digital 2015794 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.285 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONCURSO MERCANTIL. LOS ARTÍCULOS 127 Y 153 DE LA LEY RELATIVA, NO VULNERAN LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA, AL PERMITIR EL RECONOCIMIENTO DE UN CRÉDITO EN DOS FORMAS: LOS QUE TIENEN UNA SENTENCIA FIRME CONTRA LA CONCURSADA Y AQUELLOS QUE TIENEN UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN TRÁMITE AL MOMENTO EN QUE SE DICTA LA SENTENCIA EN AQUÉL.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 127 de la Ley de Concursos Mercantiles dispone que cuando en un procedimiento diverso se haya dictado sentencia ejecutoriada, laudo laboral, resolución administrativa firme o laudo arbitral anterior a la fecha de retroacción, mediante la cual se declare la existencia de un derecho de crédito contra el comerciante, el acreedor de que se trate deberá presentar al Juez y al conciliador copia certificada de dicha resolución, para que el crédito correspondiente sea incluido en la lista provisional y final de créditos y, consecuentemente, en la sentencia de reconocimiento, graduación y p...

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