IUSera
Registro digital 2015723 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCXIV/2017 (10a.) · Primera Sala

FAMILIARES DE MIGRANTES DESAPARECIDOS. FORMA DE ACREDITAR LA LESIÓN QUE SUFRIÓ LA VÍCTIMA DIRECTA PARA EFECTOS DE TENER ACCESO A UNA AVERIGUACIÓN PREVIA.

Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 4 de la Ley General de Víctimas, quien reclama el reconocimiento del carácter de víctima indirecta por la desaparición de un familiar debe acreditar la afectación sufrida por la víctima directa. Con todo, no hay que perder de vista que la dificultad que supone acreditar la existencia de un daño en los casos en que las víctimas aducen haber sufrido la desaparición de un familiar es muy grande, especialmente cuando la persona desaparecida estaba en el país con una calidad migratoria irregular. Por lo demás, dadas las circunstancias en que se consuman este tipo de a...

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