IUSera
Registro digital 2015670 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.1o.T.49 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

RESPONSABILIDAD DEL BENEFICIARIO DE LOS SERVICIOS QUE NO ES PROPIAMENTE PATRÓN (ARTÍCULO 13 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con lo establecido en la parte final del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios directos de las obras o servicios serán "solidariamente responsables", cuando esté demostrado que el patrón que contrató al trabajador o trabajadores, carece de elementos propios y suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con esos trabajadores. En opinión de este tribunal, la expresión entrecomillada no se empleó con propiedad jurídica, sino que el contexto muestra que el legislador quiso referirse a una "responsabilidad subsidiaria" y no principal o d...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.