IUSera
Registro digital 2015609 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXXIX/2017 (10a.) · Primera Sala

AGUAS RESIDUALES. EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, QUE EXIGE CUMPLIR CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA PARA QUE OPERE LA EXENCIÓN DEL PAGO DEL DERECHO POR USO O APROVECHAMIENTO DE CUERPOS RECEPTORES POR SU DESCARGA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

Fiscal y Hacendario Ambiental
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto citado al prever, entre otras cuestiones, que no estarán obligados al pago del derecho federal por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, los contribuyentes cuya descarga del trimestre no rebase los límites máximos permisibles establecidos en las tablas previstas en el propio precepto o, en su caso, en las condiciones particulares de descarga que la Comisión Nacional del Agua emita conforme a la declaratoria de clasificación del cuerpo de las aguas nacionales que corresponda, publicada en el...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.