DERECHO FUNDAMENTAL A LA NOTIFICACIÓN, CONTACTO Y ASISTENCIA CONSULAR. SU CONTENIDO ESPECÍFICO Y RELEVANCIA PARA GARANTIZAR UNA DEFENSA ADECUADA DE LOS EXTRANJEROS.
Texto de la tesis
Del artículo 36, párrafo primero, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares derivan, para el extranjero detenido en territorio mexicano, los siguientes derechos: 1) las autoridades deben informar al extranjero que ha sido detenido, o que se encuentre bajo cualquier tipo de custodia, que tiene derecho a comunicarse con la oficina o representación consular de su país, la información de dicho derecho debe ser inmediata y no puede demorarse bajo ninguna circunstancia; 2) el extranjero tiene derecho a escoger si desea o no contactar a su respectivo consulado; 3) una vez que el extranjer...
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