QUEJA CONTRA LA SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO. SI AL RESOLVERSE EL RECURSO, RESPECTO DE LA MEDIDA OTORGADA PARA EL EFECTO DE PRESERVAR LA POSESIÓN DE UN INMUEBLE, SE ADVIERTE QUE OTRO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, PREVIAMENTE, CONFIRMÓ UNA DIVERSA SUSPENSIÓN PROVISIONAL QUE ORDENÓ RESTITUIR A OTRO QUEJOSO DEL MISMO INMUEBLE, POR APLICACIÓN ANALÓGICA DE LA EFICACIA REFLEJA DE LA COSA JUZGADA DERIVADA DE LA PRIMERA SUSPENSIÓN, DEBE NEGARSE LA ÚLTIMA MEDIDA SUSPENSIONAL OTORGADA, DADO QUE NO PUEDEN SUBSISTIR DOS SUSPENSIONES CONTRADICTORIAS.
Texto de la tesis
Si un Juez de Distrito concedió la suspensión provisional a un quejoso para el efecto de que se le restituya un inmueble del cual se le privó en virtud de una providencia precautoria decretada en el juicio natural y, posteriormente, en un diverso amparo promovido por la contraparte de aquel quejoso, otro Juez Federal otorgó la suspensión de plano contra la orden de levantar la misma providencia por la misma responsable y procedimiento de origen; ello, en principio, no vincula al Tribunal Colegiado de Circuito para resolver en determinado sentido el recurso de queja contra la última suspensión,...
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