IUSera
Registro digital 2015571 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.T.3 K (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

DEMANDA DE AMPARO NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE. EL PRINCIPIO DE PERSPECTIVA DE GÉNERO ES INSUFICIENTE PARA ADMITIRLA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El juicio de amparo se rige por reglas de procedencia que deben analizarse previo a la admisión de la demanda, las cuales si no se cumplen, actualizan una causa notoria e indudable de improcedencia y, por ello, la demanda debe ser desechada, caso en el que no podría existir un pronunciamiento de fondo de las cuestiones propuestas, lo que hará imposible juzgar con perspectiva de género o suplir la queja deficiente pues, para ello, es indispensable que el amparo proceda contra el acto que se pretende impugnar, ya que la posibilidad de juzgar con perspectiva de género no significa que dejen de ob...

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