IUSera
Registro digital 2015531 · Tesis aislada · 10a. Época · XXII.P.A.5 CS (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

PERSONAS INDÍGENAS. LA OBLIGACIÓN DEL ESTADO MEXICANO DE GARANTIZAR Y PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES EXTRANJEROS Y REFUGIADOS SE EXTIENDE A LOS NACIONALES CON AQUELLA CARACTERÍSTICA, CUANDO SE VEAN FORZADOS A DESPLAZARSE DE SU LUGAR DE ORIGEN A OTRA ENTIDAD FEDERATIVA QUE OFREZCA MEJORES CONDICIONES DE VIDA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación de los artículos 1o., párrafo primero, 2o. y 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se colige que todas las personas, incluyendo las indígenas, gozan del derecho al libre tránsito en el territorio nacional, mientras que los diversos 31, numerales 1 y 2 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y 7 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, obligan a brindar protección a las personas extranjeras en condición migratoria que salen de sus países para escapar de circunstancias económicas y sociales adversas, lo cu...

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