OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO EL PATRÓN LO REALIZA CON EL SALARIO SEÑALADO POR EL TRABAJADOR EN SU DEMANDA, PERO DE LO PROBADO EN AUTOS SE ADVIERTE QUE ES INFERIOR AL QUE REALMENTE PERCIBÍA.
Texto de la tesis
Para la calificación de la oferta de trabajo, la Junta debe analizarla no sólo en sí misma, sino en forma integral con lo actuado y probado en el juicio, a fin de verificar si la verdadera intención del patrón es la de continuar con el vínculo laboral respetando los derechos del trabajador. Así, cuando el patrón ofrezca el trabajo con el salario que el trabajador señaló en su demanda, pero en la secuela procesal se acredite que, además de su salario base, obtenía diversas retribuciones, las cuales conforme al artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo son parte integrante del salario, debe conc...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.