DESPOSESIÓN DE UN PREDIO RÚSTICO ORDENADA EN FAVOR DEL ACTOR EN UN JUICIO AGRARIO. EL INTERÉS JURÍDICO PARA QUE LA CÓNYUGE DEL DEMANDADO LA RECLAME EN EL AMPARO OSTENTÁNDOSE COMO COPROPIETARIA Y COPOSEEDORA, SE ACREDITA CON UN TÍTULO LEGALMENTE RECONOCIDO QUE DEMUESTRE QUE EL INMUEBLE INGRESÓ A LA SOCIEDAD CONYUGAL.
Texto de la tesis
Cuando en un juicio agrario se ordena la desposesión de un predio rústico en favor del actor, y la cónyuge del demandado se ostenta como copropietaria y coposeedora, el interés jurídico para que reclame en el amparo esa resolución debe acreditarse con medios de prueba que demuestren que el inmueble ingresó a la sociedad conyugal y, la única manera de probarlo, es demostrar que fue desincorporado de los bienes ejidales que pertenecen al núcleo de población, es decir, que efectivamente tiene esa posesión. Esto es, no basta con exhibir, por ejemplo, el acta de matrimonio y la copia certificada de...
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