IUSera
Registro digital 2015435 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.169 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

LIBERTAD ANTICIPADA PREVISTA EN LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL. NO PROCEDE QUE LOS SENTENCIADOS EN EL SISTEMA MIXTO O TRADICIONAL LA SOLICITEN CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS TERCERO, CUARTO Y DÉCIMO TRANSITORIOS DE DICHO ORDENAMIENTO, SI ESTÁN COMPURGANDO LA PENA DE PRISIÓN IMPUESTA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer en nuestro País el modelo de justicia procesal penal acusatorio y oral; y se acotó en su artículo cuarto transitorio que el Constituyente estableció una excepción para la aplicación de dicho sistema, en el sentido de que esa reforma sólo fuera aplicable a los procedimientos iniciados una vez que entrará en vigor, ya que quienes están sujetos a un proceso penal y su procedimiento...

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