IUSera
Registro digital 2015398 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.I.P. J/35 P (10a.) · PLENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

JUECES ESPECIALIZADOS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. SON COMPETENTES PARA CONOCER DE LOS PROCESOS PENALES INICIADOS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CON INDEPENDENCIA DE QUE POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA HAYAN INICIADO CONFORME A LAS REGLAS DEL SISTEMA TRADICIONAL.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales y el inicio de funciones de los Jueces especializados en el Sistema Penal Acusatorio, se dejó de lado la posibilidad de que los procesos penales puedan tramitarse conforme a las reglas del sistema tradicional mixto/escrito y del conocimiento de ellos por parte de juzgadores de dicho sistema; de ahí que cuando un Juez perteneciente al sistema tradicional tome nota de que un proceso penal tramitado ante él debió iniciar conforme a las reglas del proceso penal acusatorio, debe declinar su competencia en favor del Juez especiali...

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