IUSera
Registro digital 2015334 · Tesis aislada · 10a. Época · II.4o.A.38 A (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

ALEGATOS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN LA VÍA ORDINARIA. LA OMISIÓN DEL MAGISTRADO INSTRUCTOR DE RESPETAR EL PLAZO PARA FORMULARLOS, ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AFECTA LAS DEFENSAS DEL QUEJOSO, EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 172 DE LA LEY DE AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 13 DE JUNIO DE 2016).

Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

El artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente hasta la fecha indicada, regula los términos en que se desarrolla la fase procesal de cierre de instrucción en el juicio de nulidad en la vía ordinaria, para lo cual, dispone que diez días después de concluida su sustanciación, si no existiere alguna cuestión pendiente que impida su resolución, las partes dispondrán de un plazo de cinco días para formular alegatos por escrito, los cuales, de presentarse en tiempo, deberán considerarse al dictar sentencia y, una vez transcurrido aquél, con o sin alegatos, se d...

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