IUSera
Registro digital 2015324 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 130/2017 (10a.) · Segunda Sala

REVISIÓN FISCAL. EL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO ESTÁ LEGITIMADO PARA INTERPONER DICHO RECURSO CONTRA LAS SENTENCIAS DICTADAS EN JUICIOS DE NULIDAD QUE VERSEN SOBRE RESOLUCIONES EMITIDAS POR AUTORIDADES FISCALES LOCALES, EN SU CALIDAD DE ENTIDAD FEDERATIVA COORDINADA EN INGRESOS FEDERALES.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en los juicios que versen sobre resoluciones de las autoridades fiscales de las entidades federativas coordinadas en ingresos federales, podrán interponer el recurso de revisión el Servicio de Administración Tributaria y las citadas entidades federativas en los juicios que intervengan como parte, y sólo pueden hacerlo valer los órganos o funcionarios que representen a dicha entidad, según lo dispongan la Constitución y las leyes locales. En ese sentido, si acorde con los artículos 77 y 80 de la Constitución...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.