MINISTERIO PÚBLICO. EL RECONOCIMIENTO DEL INCULPADO POR MEDIO DE LA CÁMARA DE GESELL, REALIZADO POR EL OFENDIDO, NO EXIME A AQUÉL DE SU OBLIGACIÓN DE ALLEGAR AL JUEZ LOS ELEMENTOS PROBATORIOS IDÓNEOS Y SUFICIENTES PARA SUSTENTAR LA ACUSACIÓN.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 21, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ministerio Público es la institución encargada de la persecución de los delitos, para lo cual, le han sido otorgados diversos y vastos recursos legales, materiales y humanos, a efecto de realizar las investigaciones necesarias para indagar los hechos que le son puestos en su conocimiento a través de una denuncia o querella, y allegarse de los elementos de prueba fehacientes y eficaces, que le permitan acreditar los elementos del delito y la plena responsabilidad de los imputados...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.