SENTENCIA DEFINITIVA EMITIDA EN EL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO Y EL TRIBUNAL DE APELACIÓN, AL DICTARLA O REVISARLA, NO TIENEN OBLIGACIÓN DE ANALIZAR LAS ACTUACIONES REGISTRADAS EN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN.
Texto de la tesis
El proceso penal acusatorio y oral se rige por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, siendo la oralidad la principal herramienta para materializar esos principios dentro de las audiencias públicas, dejándose de lado el sistema anterior en el que se formaba un expediente físico, ya que el procedimiento actual es distinto en la medida en que aplica una metodología de audiencias en las que se hacen las peticiones y se exponen las consideraciones para dirimir las controversias entre las partes. En otro aspecto, los datos de prueba contenidos en la c...
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