IUSera
Registro digital 2015196 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.A.196 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SU PROMOCIÓN INTERRUMPE EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA FECHA EN QUE SE PROMUEVA Y HASTA EN TANTO SE NOTIFIQUE SU RESOLUCIÓN.

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con los artículos 29, fracción III y 39, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la promoción del incidente de nulidad de notificaciones suspenderá el juicio en lo principal, hasta que se dicte la resolución correspondiente. Por tanto, el cómputo del plazo para la interposición del recurso de reclamación se interrumpirá en la fecha en que se promueva el incidente mencionado, y se reanudará una vez notificada la resolución que en éste se dicte. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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