IUSera
Registro digital 2015149 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 115/2017 (10a.) · Segunda Sala

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA EL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2017 Y EL ANEXO 24 DE LA CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Es improcedente conceder la suspensión provisional en el juicio de amparo promovido contra los anexos referidos, por no satisfacerse el requisito previsto en el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, pues de otorgarse, se causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, ya que se permitiría al contribuyente incumplir con la obligación de enviar mensualmente su información contable a través del buzón tributario, lo que afectaría la implementación por parte del Estado de los mecanismos electrónicos de comunicación, almacenamiento de información y...

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