COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA ACTOS U OMISIONES DE LAS AUTORIDADES DEL REGISTRO CIVIL, RELATIVOS AL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS. SE SURTE EN FAVOR DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO ESPECIALIZADOS EN MATERIA CIVIL.
Texto de la tesis
De acuerdo con lo sostenido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria que dirimió la contradicción de tesis 313/2012, el carácter formal de la autoridad señalada como responsable no es determinante para establecer la competencia del Juez de Distrito al que corresponde conocer del juicio de que se trate, ya que para ello prima la naturaleza del acto reclamado, por ser éste el que da la pauta y la referencia para el análisis constitucional que debe realizarse, partiendo de la legislación en la cual se apoye. En ese contexto, las determinaciones, actos u o...
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