IUSera
Registro digital 2015096 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. CXXXVII/2017 (10a.) · Segunda Sala

AGUAS NACIONALES. EL ARTÍCULO 29 BIS 3, FRACCIÓN VI, DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO PREVIO PARA ACREDITAR LA ACTUALIZACIÓN DE ALGUNO DE LOS SUPUESTOS EN LOS CUALES NO SE EXTINGUE LA CONCESIÓN O ASIGNACIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DE AGUAS POR CADUCIDAD, RESPETA EL DERECHO DE AUDIENCIA.

Constitucional y Amparo Ambiental
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Texto de la tesis

El párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 29 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que el concesionario o asignatario debe presentar un escrito fundamentando ante la autoridad del agua correspondiente, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se surta el supuesto respectivo, los hechos que considera actualizan cualquiera de los supuestos de excepción a la caducidad de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, al cual se acompañarán las pruebas que acrediten que se encuentra en alguno de los supuestos de suspensión d...

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