IUSera
Registro digital 2015003 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.P.19 P (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO. AL TENER SUS PROPIAS REGLAS ESTA FORMA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO, ES ILEGAL APLICAR EN SU TRAMITACIÓN DISPOSICIONES LEGALES INHERENTES A LA ETAPA INTERMEDIA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El procedimiento abreviado tiene sus propias reglas en los artículos 201 al 207 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales disponen sus requisitos de procedencia, verificación, oportunidad, admisibilidad, trámite y sentencia. En ese sentido, si fue durante la audiencia correspondiente a ese procedimiento que el Ministerio Público expuso oralmente la acusación, no existe razón para ceñir la intervención de la víctima a los artículos 336 y 338 del código citado, inherentes a la etapa intermedia, aun cuando se le haya notificado la acusación escrita presentada por la representación...

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