IUSera
Registro digital 2014949 · Tesis aislada · 10a. Época · XXIII.5 K (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. DESDE SU OFRECIMIENTO, EL OFERENTE DEBE PROPORCIONAR TODOS LOS ELEMENTOS MEDULARES ATINENTES AL OBJETO Y MATERIA DE SU DESAHOGO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 107, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina el carácter sumario del juicio de amparo, lo que acoge la ley de la materia al imponer plazos máximos para la celebración de la audiencia constitucional y prever -a manera de excepción- las condiciones para su suspensión o diferimiento, en caso de eventualidades de orden práctico que pudieran surgir en el procedimiento. En ese sentido, el artículo 119 de la Ley de Amparo, que prevé un plazo mínimo de cinco días hábiles anteriores a la audiencia constitucional para que las partes en el juicio de...

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