IUSera
Registro digital 2014947 · Tesis aislada · 10a. Época · (IV Región)2o.10 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

MULTAS IMPUESTAS POR INFRACCIÓN A LA LEY DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL ESTADO DE YUCATÁN O SU REGLAMENTO. EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD, PREVIO AL AMPARO, AL NO ESTABLECER LA LEY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LOCAL UN PLAZO MAYOR PARA EL OTORGAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN QUE EL PREVISTO EN LA LEY DE AMPARO.

Transporte y Comunicaciones Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De la interpretación sistemática de los artículos 16 y 23 de la Ley de lo Contencioso Administrativo del Estado de Yucatán, se colige que el tribunal admitirá la demanda "tan luego" le sea presentada, y que en el mismo auto en que ello ocurra, el Magistrado instructor deberá acordar la suspensión de los actos reclamados. En ese orden, de conformidad con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, el vocablo "luego", consiste en un adverbio de tiempo que tiene, entre otras acepciones, "sin dilación" o "inmediatamente". Así, al emplear el legislador local la frase "tan lue...

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