IUSera
Registro digital 2014907 · Tesis aislada · 10a. Época · I.16o.A.23 A (10a.) · DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. EL REQUERIMIENTO A LA AUTORIDAD DEMANDADA PARA QUE EXHIBA LAS QUE NO ADJUNTÓ A SU CONTESTACIÓN, NO PUEDE LLEGAR AL EXTREMO DE SOLICITARLE EL PERFECCIONAMIENTO DE LAS DEFICIENTEMENTE OFRECIDAS.

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien es cierto que a la autoridad demandada le resultan aplicables los artículos 15, penúltimo párrafo, 20, fracciones IV y VI, 21, antepenúltimo párrafo, 40, 41 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en el sentido de que cuando no haya adjuntado a su contestación de demanda los documentos a que se refiere el precepto 15 citado, el Magistrado instructor debe requerirla para que los exhiba dentro del plazo de cinco días, también lo es que dicha obligación no puede llegar al extremo de que le pida perfeccionar las pruebas deficientemente ofrecidas, toda vez que co...

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