COMPURGACIÓN SIMULTÁNEA DE LA PENA DE PRISIÓN. SI EL SENTENCIADO PROMUEVE EL INCIDENTE RELATIVO SIN ANEXAR LAS DOCUMENTALES OFERTADAS EN SU ESCRITO INICIAL, LAS QUE SON INDISPENSABLES PARA RESOLVERLO, Y EL JUEZ OMITE INFORMAR DICHA CIRCUNSTANCIA A AQUÉL Y A SU DEFENSOR, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.
Texto de la tesis
Los derechos humanos de audiencia, debido proceso legal y defensa adecuada son de observancia obligatoria en cualquier etapa del procedimiento penal, incluyendo la de ejecución. Bajo esta perspectiva, si el sentenciado promueve el incidente de compurgación simultánea de la pena de prisión, al considerar que se encuentra bajo las hipótesis del artículo 33, último párrafo, del Código Penal para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, sin anexar las documentales ofertadas en su escrito inicial (copia de las resoluciones dictadas en los procesos penales respecto de los cuales soli...
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