IUSera
Registro digital 2014848 · Tesis aislada · 10a. Época · I.5o.P.53 P (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

ORDEN DE TRASLADO. EMITIDA POR EL TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE SISTEMA PENITENCIARIO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL, CONSTITUYEN ACTOS DE AUTORIDAD QUE DEBEN ESTAR FUNDADOS Y MOTIVADOS.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 9o., fracción XII y 64, fracción XI, de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, otorgan al titular de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario la facultad extraordinaria para ordenar el traslado de los internos de un centro carcelario a otro; sin embargo, sólo podrá hacerlo si se pone en riesgo la seguridad integral de los centros penitenciarios, la del sentenciado y por urgencia médica, y para ello, dicha orden debe estar fundada y motivada; esto es, debe contener las razones de seguridad que, e...

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