NOTIFICACIONES POR LISTA EN EL JUICIO DE AMPARO. CUANDO EXISTA DISCREPANCIA ENTRE LA FECHA DE FIJACIÓN DE ÉSTA EN EL ÓRGANO JURISDICCIONAL Y LA DE SU PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA EN EL PORTAL DE INTERNET DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DEBE CONSIDERARSE COMO FECHA DE PUBLICACIÓN LA ÚLTIMA QUE SE HAYA EFECTUADO.
Texto de la tesis
Los artículos 29 y 31, fracción II, de la Ley de Amparo disponen que las notificaciones por lista se realizan mediante la fijación de ésta en un lugar visible y de fácil acceso del local del órgano jurisdiccional, así como su publicación en el portal de Internet del Poder Judicial de la Federación, a primera hora hábil del día siguiente al de la fecha de la resolución que las ordena, esto es, dicha comunicación implica que la fijación y publicación física y electrónica de la lista deben realizarse el mismo día. También señalan que la notificación practicada de esa manera surte efectos a partir...
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