IUSera
Registro digital 2014789 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.C.1 CS (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ACCIONES COLECTIVAS. LAS VIOLACIONES PROCESALES COMETIDAS EN ÉSTE, AL TENER EL CARÁCTER DE SUSTANTIVO POR MANDATO CONSTITUCIONAL, SON IMPUGNABLES EN AMPARO INDIRECTO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Congreso de la Unión para expedir la reglamentación correspondiente, en relación con las acciones colectivas y, en tal virtud, se adicionó en el Código Federal de Procedimientos Civiles el libro quinto que reglamenta el procedimiento especial de las acciones colectivas, en cuya exposición de motivos fueron catalogadas como una nueva categoría de derechos sustantivos de naturaleza social, por ello, ciertas violaciones procesales cometidas durante ese procedimiento especial, pueden considerarse de carácter sust...

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