IUSera
Registro digital 2014690 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LXXXII/2017 (10a.) · Primera Sala

JUICIO ORAL MERCANTIL. EL ARTÍCULO 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO QUE PREVÉ UNA SANCIÓN PECUNIARIA A LA PARTE QUE NO ACUDA SIN JUSTA CAUSA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR, NO VULNERA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El precepto citado, al establecer la imposición de una sanción pecuniaria a la parte que no acuda a la audiencia preliminar en el juicio oral mercantil sin justa causa calificada por el Juez, no vulnera el derecho fundamental de acceso a la jurisdicción reconocido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que al examinar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto de la medida, resulta que el juicio oral tiene como fin constitucionalmente válido garantizar el derecho a una impartición de justicia pronta prevista en el precepto constitu...

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