IUSera
Registro digital 2014686 · Tesis aislada · 10a. Época · III.1o.T.32 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. FORMA EN QUE LA ENTIDAD PÚBLICA (DEMANDADA) DEBE PLANTEAR LA EXCEPCIÓN DE NOMBRAMIENTO DE CONFIANZA DEL SERVIDOR PÚBLICO, CUANDO SE SUSTENTE EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY RELATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE DEL 23 DE FEBRERO DE 2007 AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si la entidad pública demandada, al contestar la demanda en un juicio laboral se excepciona señalando que la causa por la que terminó el vínculo jurídico existente entre ella y el actor es porque el último nombramiento expedido en su carácter de servidor público es de confianza, se entiende que es por tiempo determinado, de conformidad con el último párrafo del artículo 16 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, vigente del 23 de febrero de 2007 al 26 de septiembre de 2012, que dispone que en caso de no señalarse el carácter de los nombramientos otorgados...

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