PRISIÓN PREVENTIVA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL. SI EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO NO CUENTA CON LOS DATOS NECESARIOS PARA ESTABLECER EL TIEMPO DE DURACIÓN DE AQUÉLLA, CORRESPONDE AL JUEZ DE EJECUCIÓN PRONUNCIARSE AL RESPECTO.
Texto de la tesis
De la interpretación sistemática de los artículos 406, párrafo segundo y 413 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como del diverso 103, último párrafo, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, se advierte que un requisito de toda sentencia condenatoria dictada en el sistema penal acusatorio y oral, es que se precise el tiempo de prisión preventiva que deberá descontarse a la pena privativa de la libertad impuesta; sin embargo, el tribunal de enjuiciamiento únicamente deberá cumplir con ese requisito, si resultan suficientes para ello los datos que respecto de la prisión preventiva...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.