ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DETERMINA LAS TARIFAS DE INTERCONEXIÓN PARA 2015. ES INNECESARIO SOMETERLO AL RÉGIMEN DE MEJORA REGULATORIA, POR DERIVAR DEL SISTEMA CONSIGNADO EN EL DIVERSO ACUERDO POR EL QUE SE EMITIÓ LA METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DE LOS COSTOS CORRESPONDIENTES, QUE CUMPLIÓ ESA EXIGENCIA.
Texto de la tesis
Aun cuando el acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina las tarifas de interconexión para 2015 constituye una resolución general que forma parte de los instrumentos normativos y técnicos que debe utilizar esa autoridad para establecer el importe de los servicios de interconexión de redes públicas de telecomunicaciones al resolver los casos de desacuerdo entre los concesionarios, no está sujeto a las exigencias del artículo 51, segundo párrafo, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que consigna el régimen de mejora regulatoria, en...
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