SENTENCIAS DE AMPARO INDIRECTO. PARA SU CUMPLIMIENTO, EL JUEZ DE DISTRITO DEBERÁ IDENTIFICAR TANTO A LAS PERSONAS QUE DEBAN ACATARLAS, COMO EL CARGO DE AUTORIDAD QUE OCUPAN, PARA PODER REQUERIRLAS, CUANDO LA RESPONSABLE SEA UN AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO.
Texto de la tesis
De conformidad con el artículo 192 de la Ley de Amparo, el Juez de Distrito requerirá a la autoridad responsable para que cumpla con la ejecutoria dentro del plazo de tres días y, cuando se trate de un Ayuntamiento Municipal del Estado de Jalisco, deberá identificar tanto a las personas, como el cargo de autoridad que ocupan quienes deban acatarla, porque dicha responsable está integrada por un conjunto de personas, lo cual es un aspecto indispensable, si se tiene presente que el cumplimiento de una ejecutoria requiere de su participación conjunta y, de presentarse alguna renuencia, conduce a...
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